Una de las principales quejas de los autónomos es la presión fiscal que sostienen. La cuota mensual a la Seguridad Social, pagar el IVA y el IRPF trimestral, independientemente de que se hayan cobrado o no las facturas… las obligaciones fiscales de los autónomos y las pymes registrados en España alcanza el 49%, un 8,7% más de la media Europea que se sitúa en 40,3%, según diversos estudios.

Pero no todos son obligaciones para los autónomos. También hay deducciones en los gastos que están vinculados a su actividad. Y además existen algunos gastos que pueden deducirse aunque no estén vinculados directamente a la actividad del autónomo. Es el caso del seguro médico.

 

Deducción del seguro médico en el IRPF

Con carácter general, las primas abonadas por el presente seguro no dan derecho a ningún beneficio fiscal, no son deducibles en el IRPF, ni dan derecho a deducción o bonificación alguna.

Si el tomador fuese empresario o profesional en régimen de estimación directa por el IRPF, podrá deducirse la prima pagada hasta 500 euros por persona, computando a estos efectos exclusivamente su propia cobertura, la de su cónyuge y sus hijos/as menores de 25 años que convivan con el tomador; esta cuantía asciende a 1.500 euros en el caso de personas con discapacidad (En el caso de Navarra el límite de 500 euros se aplica a la propia cobertura del tomador y a la de su cónyuge, así como a la de los descendientes por los que aquel tenga derecho a deducción por mínimo familiar. El gasto deducible máximo será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente o de 1.500 euros por cada una de ellas con discapacidad).

Si el tomador estuviera asegurando a sus empleados/as, la prima pagada será gasto deducible en su impuesto personal (Impuesto de Sociedades o IRPF). La prima no constituirá retribución en especie del trabajador/a con los mismos límites cuantitativos por persona asegurada señalados en el párrafo anterior. La cuantía que excediera de estos límites sí se consideraría retribución en especie y estaría sometida al correspondiente ingreso a cuenta.

Las prestaciones de servicios sanitarios obtenidas no se consideran renta en el IRPF del beneficiario/a.

¿Por qué se puede deducir el seguro médico de los autónomos? Hacienda considera que si se ha pagado a la compañía aseguradora por la póliza de salud es como si no se hubiera ingresado esta cantidad. Por ello la deducción actúa sobre la base imponible en el IRPF.

Eso sí, para poder deducirte el seguro médico si eres autónomo en el IRPF hay que cumplir unos requisitos:

  • Las primas deben ser satisfechas por el propio autónomo.
  • Guarda y conserva la póliza del seguro, sus posteriores modificaciones, y los recibos que justifiquen el pago de cara a una posible comprobación tributaria.
  • Es importante saber qué parte de la prima corresponde a cada asegurado, por ello hay que conservar la documentación que lo justifique.
  • Los 500 euros (1.500 euros en caso de discapacidad) operan como límite, por lo tanto es importante tener claro qué se paga de cada uno y deducir lo imputable a cada uno y teniendo en cuenta los límites si se superan.

Así que, además de las ventajas de disfrutar de un seguro médico, podrás aprovechar que es un gasto deducible en el IRPF. En Aseguris podemos ayudarte a elegir el mejor seguro médico para ti y tu familia. Trabajamos con Adeslas, una de las mejores compañías del país y con los mejores profesionales y centros médicos. Y entre sus diversos seguros médicos te ofreceremos el que mejor se ajuste a tus necesidades. Porque con la salud no se juega, confía en nosotros para recibir la mejor y más completa cobertura para ti y tu familia.

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